El patrón deberá adoptar las medidas necesarias para que la utilización de los lugares de trabajo no origine riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores o, si ello no fuera posible, para que tales riesgos se reduzcan al leve. 3.º Deberán tomarse las medidas adecuadas para la protección https://seguridad-y-salud-en-el-t15825.bloguerosa.com/35115827/salud-en-el-trabajo-y-seguridad-industrial-opciones